Micelio

Artículo 113

Decreto 2062 de 1984 · Por el cual se reorganiza la Carrera de Oficiales y Suboficiales de la Policía Nacional

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Suspensión disciplinaria provisional . El superior con facultades disciplinarias podrá solicitar al ministro de Defensa Nacional o a la Dirección General de la Policía Nacional, según el caso, la suspensión, sin derecho a sueldo, hasta por sesenta, (60) días, de los Oficiales y Suboficiales que sean investigados por mala conducta, hasta tanto se adelante y falle la respectiva investigación.

Parágrafo

Si el Oficial o Suboficial suspendido resulta responsable de la falta, el retiro se producirá con la fecha de la suspensión. Si resultare absuelto se levantará la suspensión y se le cancelarán los haberes correspondientes. CAPITULO II . Del retiro

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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