Autorízase a la Dirección General de la Policía Nacional, para que de acuerdo con la respectiva autoridad civil organice las policías metropolitanas. En este evento, los gobiernos seccionales deberán contribuir con la Policía para Ia adquisición de equipos, dotación, mejoramiento de instalaciones y apoyo logístico. Capítulo VII. De la Dirección de Policía Judicial e Investigación
Decreto 2137 de 1983 →Vigente
Artículo 59
Decreto 2137 de 1983 · Por el cual se reorganiza la Policía Nacional
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.