Los Alcaldes y demás autoridades políticas cuidarán estrictamente de que no se contravenga lo dispuesto en los artículos anteriores y de que la industria del mazamorreo se ejerza en las condiciones y dentro de los límites fijados en el presente Decreto. Corresponde asimismo a dichos funcionarios resolver las quejas o querellas que promuevan los dueños o concesionarios de minas o los dueños de predios riberanos, así como los mineros pobres, por razón del ejercicio del derecho de mazamorreo. 7) Inspección e informes:
Decreto 805 de 1947 →Vigente
Artículo 94
Los Alcaldes Y Demás Autoridades Políticas Cuidarán Estrictamente De Que No Se Contravenga Lo Dispuesto En Los Artículos Anteriores Y De Que La Industria Del Mazamorreo Se Ejerza En Las Condiciones Y Dentro De Los Límites Fijados En El Presente Decreto
Decreto 805 de 1947 · por el cual se reglamenta la Ley 85 de 1945, se sustituyen los Decretos 1054 de 1932 y 1343 de 1937 y se dictan otras disposiciones sobre minas.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.