Utilización de bibliotecas y ventas de elementos. La Universidad concede a sus trabajadores el derecho de consultar todos los libros, folletos, revistas y publicaciones de las distintas bibliotecas que posee en la actualidad y de las que pueda poseer en el futuro, con las mismas limitaciones establecidas para los estudiantes. En igual forma hará extensivo para sus trabajadores los beneficios que hoy proporciona a los estudiantes la librería de la Universidad y los que posteriormente puedan dar a los universitarios. Los hijos de los empleados gozarán también de este beneficio. Además los empleados podrán hacer compras en los almacenes de la Universidad.
Decreto 1234 de 1971 →Vigente
Artículo 28
Utilización De Bibliotecas Y Ventas De Elementos
Decreto 1234 de 1971 · Por el cual se aprueba parcialmente el Acuerdo número 98 de 1970 del Consejo Superior de la Universidad Nacional
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.