°. Las Juntas de Peaje tendrán las funciones establecidas en el artículo 1° del Decreto 1051 de 1961, las que ejercerán por conducto del respectivo Jefe de Distrito. Comuníquese y Publíquese.
Decreto 210 de 1965 →Vigente
Artículo 4
Las Juntas De Peaje Tendrán Las Funciones Establecidas En El Artículo 1° Del Decreto 1051 De 1961, Las Que Ejercerán Por Conducto Del Respectivo Jefe De Distrito
Decreto 210 de 1965 · por el cual se adiciona el Decreto número 1949 de 1964, sobre Juntas de Peaje.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.