Los Fondos de Inversión, los Fondos de Valores, los Fondos de Pensiones de Jubilación e Invalidez, los consorcios y similares, deben efectuar las retenciones en la fuente que establecen las disposiciones pertinentes y cumplir con las demás obligaciones a que están sometidos los agentes de retención en la fuente. Así mismo se someten a las sanciones que por incumplimiento establece la ley para los retenedores.
Ley 75 de 1986 →Vigente
Artículo 19
Ley 75 de 1986 · Por la cual se expiden normas en materia tributaria, de catastro, de fortalecimiento y democratización del mercado de capitales, se conceden unas facultades extraordinarias y se dictan otras disposiciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.