Vencidos los términos del desahucio, el Juez, dentro de cuarenta y ocho horas, decretará el lanzamiento, sin lugar á apelación por medio de la fuerza, para lo cual comisionará á un Jefe de Policía, quién llenará su cometido dentro de tres días después de recibido el despacho del Juez, sin dar lugar á recurso alguno ni practicar diligencia que pueda demorar la ejecución del lanzamiento.
La falta de cumplimiento á los deberes del Jefe de Policía lo hace responsable de las costas de las diligencias y perjuicios causados al arrendador, los que por via administrativa y en calidad de multa, ingresarán al Tesoro municipal.
El Juez hará liquidar dichos gastos y perjuicios por el Secretario y pasará copia al empleado respectivo para su recaudación.