ARTICULO 82. El Ministerio de Hacienda -Dirección General del Presupuesto Nacional- podrá ordenar visitas, solicitar la presentación de libros, comprobantes, informes de caja y bancos, reservas de apropiación y de caja, estados financieros y demás documentos que considere convenientes para la programación y ejecución de los recursos incorporados al Presupuesto.
Artículo 82
El Ministerio De Hacienda -Dirección General Del Presupuesto Nacional- Podrá Ordenar Visitas, Solicitar La Presentación De Libros, Comprobantes, Informes De Caja Y Bancos, Reservas De Apropiación Y De Caja, Estados Financieros Y Demás Documentos Que Considere Convenientes Para La Programación Y Ejecución De Los Recursos Incorporados Al Presupuesto
Decreto 2660 de 1993 · por el cual se liquida el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 1994, se detallan las apropiaciones y se clasifican y definen los gastos.
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.