Artículo primero . por haber llenado los requisitos de que tratan los artículos 3° y 2° , respectivamente, de los Decretos legislativos números 2838 y 3699 de 1954, apruébanse los Planes de Fomento Municipal de la Intendencia de San Andrés y Providencia, de acuerdo con la siguiente especificación. INTENDENCIA DE SAN ANDRES Y PROVIDENCIA Valor de las obras $ 125.000.00 Acueducto. Municipios. San Andrés (Islas). Para estudios completos y construcción de la primera etapa del acueducto $ 125.000.00 Aporte igual al valor de las obras $ 125.000.00
Decreto 2637 de 1955 →Vigente
Artículo 1
Decreto 2637 de 1955 · Por el cual se aprueba el Plan de Obras de Fomento Municipal de la Intendencia de San Andrés y Providencia y se modifica el Plan de Obras para el Departamento de Bolívar
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.