Micelio

Artículo 2

En Los Días Festivos Determinados Por El Rector De La Universidad Y Por El Comandante De La 3° Brigada, Será Izado Solamente En El Panteón De Los Próceres El Pabellón Nacional, Entre Las Banderas Oficiales De La Municipalidad De Popayán Y De La Universidad Del Cauca

Decreto 464 de 1961 · Por el cual se establece una guardia especial en el penteón de los petróleos de popayán

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. En los días festivos determinados por el Rector de la Universidad y por el Comandante de la 3° Brigada, será izado solamente en el Panteón de los Próceres el Pabellón Nacional, entre las banderas oficiales de la Municipalidad de Popayán y de la Universidad del Cauca.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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