Micelio

Artículo 4

º

Decreto 158 de 1995 · por el cual se crea la Comisión de Seguimiento y Evaluación de la Política de Vivienda de Interés Social, se ordena su composición y se le atribuyen funciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . Composición . La Comisión de Seguimiento y Evaluación de la Política de Vivienda de Interés Social estará integrada por las siguientes personas

a)

El Ministro de Desarrollo Económico, quien la presidirá;

b)

El Viceministro de Vivienda, Desarrollo Urbano y Agua Potable, quien, en ausencia del Ministro, la presidirá;

c)

El Gerente General del Inurbe;

d)

El Presidente de Findeter;

e)

El Director de la Red de Solidaridad Social;

f)

El Jefe de la Unidad de Planificación Regional y Urbana del Departamento Nacional de Planeación;

g)

Un representanate de los Alcaldes designado por la Federación Colombiana de Municipios;

h)

El Presidente del Instituto Colombiano de Ahorro y Vivienda, ICAV;

i)

El Presidente Nacional de la Cámara Colombiana de la Construcción, Camacol;

j)

Un representante de las Asociaciones de las Cajas de Compensación Familiar, que se designará de terna que para el efecto envíen al Ministerio de Desarrollo Económico. El Presidente de la Comisión podrá invitar a las entidades o a las personas naturales a las sesiones cuando lo considere pertinente. Los Directores de Desarrollo Urbano y de Agua Potable podrán asistir a las reuniones previa invitación por parte del Viceministro de Vivienda, Desarrollo Urbano y Agua Potable.

Parágrafo

Los miembros de la Comisión no podrán delegar en otros funcionarios su asistencia a las sesiones.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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