º El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación, deroga las disposiciones que le sean contrarias, en especial el Decreto - ley número 157 de 1985, y surte efectos fiscales a partir del 1º de enero de 1986. Comuníquese y cúmplase.
Decreto 107 de 1986 →Vigente
Artículo 8
El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación, Deroga Las Disposiciones Que Le Sean Contrarias, En Especial El Decreto - Ley Número 157 De 1985, Y Surte Efectos Fiscales A Partir Del 1º De Enero De 1986
Decreto 107 de 1986 · por medio del cual se fijan las escalas de remuneración para los empleos de la Empresa Nacional de Telecomunicaciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.