Micelio

Artículo 1

º

Decreto 1673 de 1994 · por el cual se asigna una competencia.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . A partir de la entrada en vigencia del presente Decreto, el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar por intermedio del defensor de familia del lugar donde se encuentre el menor, de oficio o a petición de cualquier persona, pasará a conocer de las denuncias contra los medios de comunicación escritos que realicen publicaciones que atenten contra la integridad moral, psíquica o física de los menores, en los términos de los artículos 300, 301, 302 y 303 del Código del Menor.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1673 de 1994