Micelio

Artículo 1

º En El Presente Año De 1988, Los Rectores De Institutos Docentes No Oficiales De Calendario A, Presentarán Las Solicitudes De Aprobación De Las Tarifas De Matrículas Y Pensión De Estudios A La Secretaría De La Junta Seccional Reguladora De Matrículas Y Pensiones, Hasta El 18 De Octubre De 1988

Decreto 1920 de 1988 · Por el cual se modifica transitoriamente el articulo 18 del Decreto 3486 de 1981.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º En el presente año de 1988, los rectores de institutos docentes no oficiales de calendario A, presentarán las solicitudes de aprobación de las tarifas de matrículas y pensión de estudios a la Secretaría de la Junta Seccional Reguladora de Matrículas y Pensiones, hasta el 18 de octubre de 1988.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1920 de 1988