El Gobierno creará y organizará en la ciudad de Chaparral un establecimiento de segunda enseñanza para varones, con el nombre de "Instituto Manuel Murillo Toro". Este instituto iniciara tareas en el año lectivo que comience inmediatamente después de la expedición de esta ley, abriendo las clases correspondientes a los dos primeros cursos de bachillerato, e ira organizando los cursos siguientes en los años posteriores, a medida que sea necesario, pero es entendido que el local deberá suministrarlo el Municipio mientras la nación construye el edificio correspondiente.
Ley 82 de 1943 →Vigente
Artículo 1
Ley 82 de 1943 · Por el cual se dispone la fundación y sostenimiento de un instituto de segunda enseñanza en la ciudad de Chaparral
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.