Para las siguientes líneas arancelarias los aranceles aduaneros sobre las mercancías remanufacturadas originarias de Estados Unidos de América que cumplan con las condiciones establecidas en el artículo 14 del presente decreto, mantendrán sus tasas base durante los años uno a cinco. A partir del 1° de enero del año seis, los aranceles sobre dichas mercancías serán eliminados en cinco etapas iguales anuales y dichas mercancías quedarán libres de aranceles el 1° de enero del año diez. 8402110000 8402120000 8402190000 8409912000 8413500000 8413601000 8413609000 8413701100 8413701900 8413702100 8413819000 8414100000 8414401000 8414510000 8414600000 8415101000 8415200000 8419110000 8419191000 8421219000 8450110000 8450120000 8450190000 8481801000 8481802000 8481901000 8483500000 8504100000 8504221000 8504229000 8504230000 8504330000 8504341000 8504342000 8504343000 8509401000 8509409000 8512301000 8518210000 8518220000 8518290000 8518400000 8518500000 8527210000 8527290000 8527910000 8527990000 8528710000 8528720010 8528720020 8528720030 8528720040 8528720090 8708295000 8708301000 8708302100 8708302310 8708302390 8708302400 8708302500 8708302900 8708501100 8708501900 8708502100 8708502900 8708701000 8708801010 8708801090 8708802010 8708802090 8708931000 8708939100 8708992100 8708993100 8708993300 8714109000 Tasa Base Año 1 Año 2 Año 3 Año 4 Año 5 Año 6 Año 7 Año 8 Año 9 Año 10 5,0% 5,0% 5,0% 5,0% 5,0% 5,0% 4,0% 3,0% 2,0% 1,0% 0,0% 10,0% 10,0% 10,0% 10,0% 10,0% 10,0% 8,0% 6,0% 4,0% 2,0% 0,0% 15,0% 15,0% 15,0% 15,0% 15,0% 15,0% 12,0% 9,0% 6,0% 3,0% 0,0% 20,0% 20,0% 20,0% 20,0% 20,0% 20,0% 16,0% 12,0% 8,0% 4,0% 0,0
Decreto 730 de 2012 →Vigente
Artículo 15
Para Las Siguientes Líneas Arancelarias Los Aranceles Aduaneros Sobre Las Mercancías Remanufacturadas Originarias De Estados Unidos De América Que Cumplan Con Las Condiciones Establecidas En El Artículo 14 Del Presente Decreto, Mantendrán Sus Tasas Base Durante Los Años Uno A Cinco
Decreto 730 de 2012 · por el cual se da cumplimiento a los compromisos adquiridos por Colombia en virtud del Acuerdo de Promoción Comercial entre la República de Colombia y los Estados Unidos de América
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.