º . Créanse en la planta de personal del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, los cargos que se relacionan a continuación: DESPACHO DEL MINISTRO Nº de Cargos Denominación del Cargo Código Grado 2 (dos) Asesor 1020 15 1 (uno) Asesor 1020 10 SECRETARIA GENERAL 1 (uno) Asesor 1020 10 1 (uno) Asesor 1020 06 2 (dos) Asesor 1020 02 1 (uno) Analista de Sistemas 4005 15 1 (uno) Secretario Ejecutivo 5040 16 1 (uno) Conductor Mecánico 5310 11 DIRECCION GENERAL DE CREDITO PUBLICO 1 (uno) Director Técnico 0100 22 1 (uno) Jefe de Oficina 0137 20 4 (cuatro) Subdirector Técnico 0150 20 1 (uno) Subdirector Técnico 0150 21 1 (uno) Asesor 1020 01 4 (cuatro) Asesor 1020 02 9 (nueve) Asesor 1020 03 1 (uno) Asesor 1020 04 7 (siete) Asesor 1020 05 1 (uno) Asesor 1020 06 1 (uno) Asesor 1020 07 2 (dos) Asesor 1020 08 1 (uno) Asesor 1020 09 1 (uno) Asesor 1020 10 1 (uno) Asesor 1020 12 2 (dos) Asesor 1020 13 2 (dos) Asesor 1020 14 7 (siete) Jefe de División 2040 25 1 (uno) Profesional Especializado 3010 16 7 (siete) Profesional Especializado 3010 18 1 (uno) Profesional Especializado 3010 20 1 (uno) Profesional Especializado 3010 22 3 (tres) Profesional Universitario 3020 05 1 (uno) Profesional Universitario 3020 06 1 (uno) Profesional Universitario 3020 10 3 (tres) Profesional Universitario 3020 14 6 (seis) Técnico Administrativo 4065 16 3 (tres) Técnico Administrativo 4065 18 1 (uno) Secretario Ejecutivo 5040 18 6 (seis) Secretario Ejecutivo 5040 19 3 (tres) Secretario Ejecutivo 5040 22 1 (uno) Secretario Ejecutivo 5040 23 2 (dos) Auxiliar Administrativo 5120 23 1 (uno) Conductor Mecánico 5310 15 DIRECCION GENERAL DE APOYO FISCAL 1 (uno) Asesor 1020 01 1 (uno) Secretario Ejecutivo 5040 16
Decreto 772 de 2001 →Vigente
Artículo 2
Decreto 772 de 2001 · por el cual se modifica la planta de personal del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.