Micelio

Artículo 1

Ley 79 de 1945 · Por la cual se crean unas plazas de Magistrados, Jueces, Fiscales y otros empleados en los Distritos Judiciales de Cali, Buga y Bogotá, y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Desde la sanción de la presente Ley créase una plaza de Magistrado para la Sala Civil en el Distrito Judicial de Cali, con su correspondiente Escribiente, y con las mismas asignaciones que devengan los funcionarios y empleados de igual categoría.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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