º . El tributo previsto en el artículo 29 del Decreto legislativo 2331 de 1998 será administrado por la DIAN, para lo cual tendrá las competencias generales de ley. La Dirección General del Presupuesto Nacional, de acuerdo con la ley de apropiaciones correspondiente, destinará los recursos necesarios para que la DIAN maneje, administre y controle dicho tributo.
Decreto 677 de 1999 →Vigente
Artículo 2
Decreto 677 de 1999 · por el cual se reglamenta parcialmente el Decreto Legislativo 2331 de 1998, "por el cual se dictan medidas tendientes a resolver la situación de los sectores financiero y cooperativo, aliviar la situación de los deudores por créditos de vivienda y de los ahorradores de las entidades cooperativas en liquidación, mediante la creación de mecanismos institucionales y de financiación y la adopción de disposiciones complementarias"
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.