º. Los Directores de Ejército, Armada y Fuerza Aérea tendrá, sobre su respectivo personal, la misma facultad de extensión disciplinaria conferida a los Comandantes de Brigada por el numeral 3) del artículo 56 del Reglamento de Castigos y Reclamos, adicionando tal facultad con arresto de 12 días cuando se trate de Oficiales.
Decreto 703 de 1948 →Vigente
Artículo 1
Los Directores De Ejército, Armada Y Fuerza Aérea Tendrá, Sobre Su Respectivo Personal, La Misma Facultad De Extensión Disciplinaria Conferida A Los Comandantes De Brigada Por El Numeral 3) Del Artículo 56 Del Reglamento De Castigos Y Reclamos, Adicionando Tal Facultad Con Arresto De 12 Días Cuando Se Trate De Oficiales
Decreto 703 de 1948 · Por el cual se determina la extensión de unas facultades disciplinarias
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.