º. Diploma. La Medalla se acreditará con un diploma en papel pergamino de treinta y cinco (35) centímetros por veinticinco (25) centímetros de ancho, en el cual se inscribirá la razón que se tuvo para otorgarla y la categoría en que se adjudica. Los diplomas serán firmados por el Ministro de Defensa Nacional y por el Comandante General de las Fuerzas Militares.
Decreto 1261 de 2000 →Vigente
Artículo 4
Diploma
Decreto 1261 de 2000 · por el cual se crea la Medalla Deportiva de las Fuerzas Armadas y se adiciona el Decreto 1880 de 1988.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.