Micelio

Artículo 3

El Presente Decreto Rige A Partir Del Día Siguiente De La Fecha De Su Publicación En El Diario Oficial Y Modifica Parcialmente El Artículo 1º Del Decreto Número 1881 De 2021 O Las Normas Que Lo Aclaren, Modifiquen O Deroguen

Decreto 1183 de 2025 · por el cual se modifica parcialmente el Arancel de Aduanas para la importación de insumos agropecuarios.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. El presente decreto rige a partir del día siguiente de la fecha de su publicación en el Diario Oficial y modifica parcialmente el artículo 1º del Decreto número 1881 de 2021 o las normas que lo aclaren, modifiquen o deroguen. La medida establecida en el artículo 1º regirá por el término de un (1) año, contado a partir de la entrada en vigencia. Vencido el anterior término, se restablecerá el arancel contemplado en el Decreto número 1881 de 2021 o las normas que lo modifiquen, aclaren o sustituyan.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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