Micelio

Artículo 214

Decreto 1122 de 1999 · Por el cual se dictan normas para suprimir trámites, facilitar la actividad de los ciudadanos, contribuír a la eficiencia y eficacia de la Administración Pública y fortalecer el principio de la buena fe

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Administración. Los recursos existentes en el fondo serán girados al Ministerio de Hacienda y Crédito Público para que, con cargo a dichos recursos, se efectúen los pagos correspondientes. Así mismo, los demás recursos que por ley se encontraban destinados al fondo, serán entregados al mismo ministerio para que con ellos se financien los pasivos pensionales de los servidores del sector salud. Las funciones asignadas al Consejo Administrador del Fondo serán asumidas por el Ministerio de Hacienda.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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