A rtículo 28. Comportamientos que afectan la seguridad y bienes en relación con los servicios públicos. Los siguientes comportamientos que afectan la seguridad de las personas y la de sus bienes y por lo tanto no deben realizarse al hacer uso de los servicios públicos:
Poner en riesgo a personas o bienes durante la instalación, utilización, mantenimiento o modificación de las estructuras de los servicios públicos.
Modificar o alterar redes o instalaciones de servicios públicos.
Arrojar en las redes de alcantarillado, acueducto y de aguas lluvias, cualquier objeto, sustancia, residuo, escombros, lodo, combustibles o lubricantes, que alteren u obstruyan el normal funcionamiento.
No reparar oportunamente los daños ocasionados a la infraestructura de servicios públicos domiciliarios, cuando estas reparaciones corresponden al usuario.
Quien incurra en uno o más de los comportamientos antes señalados, será objeto de la aplicación de las siguientes medidas correctivas:
COMPORTAMIENTOS
MEDIDA CORRECTIVA A APLICAR
Numeral 1
Multa General tipo 3; Remoción de bienes, Destrucción de bien.
Numeral 2
Multa General tipo 3; Reparación de daños materiales de muebles o inmuebles.
Numeral 3
Multa General tipo 4
Numeral 4
Multa General Tipo 3; Reparación de daños materiales de muebles o inmuebles
ARTÍCULOS PIROTÉCNICOS Y SUSTANCIAS PELIGROSAS.