Micelio

Artículo 12

Ley 51 de 1975 · Por la cual se reglamenta el ejercicio del Periodismo y se dictan otras disposicionesDeclarado

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los funcionarios públicos y especialmente las autoridades de policía, garantizarán la libre movilización del periodista y su acceso a los lugares de información, para el pleno cumplimiento de su misión informativa, salvo en casos reservados conforme a las leyes.

Parágrafo

La violación de lo dispuesto anteriormente será causal de mala conducta, sancionable con destitución.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 51 de 1975