Micelio

Artículo 5

En La Misma Oportunidad Señalada En El Artículo Anterior, Las Academias Y Universidades Reconocidas Por El Gobierno, Cámaras De Comercio, Bolsas De Valores, Lonjas De Propiedad Raíz, Asociaciones De Profesionales Y De Especialistas Provistas De Personería Jurídica, Caja De Crédito Agrario, Bancos, Compañías De Seguros, Asociaciones De Unos Y Otras, Comités De Cafeteros, Sociedades De Agricultores, Fondos Ganaderos, Establecimientos Públicos, Empresas Comerciales E Industriales Del Estado E Institutos Oficiales De Investigación, Informarán A Los Despachos Judiciales Sobre Personas De Reconocida Honorabilidad, Excelente Reputación E Idoneidad Profesional, Científica Y Técnica Que Aspiren A Desempeñar Los Distintos Cargos De Auxiliares De La Justicia En La Correspondiente Jurisdicción, Con Detalle De Su Residencia, Antecedentes Y Especialización

Decreto 2265 de 1969 · por el cual se reglamentan el artículo 30 de la Ley 16 de 1968 y el Decreto extraordinario 2204 de 1969, artículo 2°.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. En la misma oportunidad señalada en el artículo anterior, las Academias y Universidades reconocidas por el Gobierno, Cámaras de Comercio, Bolsas de Valores, Lonjas de Propiedad Raíz, Asociaciones de Profesionales y de Especialistas provistas de personería Jurídica, Caja de Crédito Agrario, Bancos, Compañías de Seguros, Asociaciones de unos y otras, Comités de Cafeteros, Sociedades de Agricultores, Fondos Ganaderos, Establecimientos Públicos, Empresas Comerciales e Industriales del Estado e Institutos Oficiales de Investigación, informarán a los despachos judiciales sobre personas de reconocida honorabilidad, excelente reputación e idoneidad profesional, científica y técnica que aspiren a desempeñar los distintos cargos de auxiliares de la justicia en la correspondiente jurisdicción, con detalle de su residencia, antecedentes y especialización. Además, el Ministerio de Justicia indicará quiénes poseen licencia de intérpretes oficiales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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