Micelio

Artículo 19

Ley 51 de 1990 · Por la cual se autorizan unas operaciones de endeudamiento interno y externo de la Nación; se autorizan operaciones para el saneamiento de obligaciones crediticias entre entidades públicas; se otorga una facultad y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Autorízase al Gobierno Nacional para enajenar bienes de propiedad de la Nación que no sean necesarios o adecuados para la prestación del servicio público a su cargo y para destinar su producto a la financiación de programas de reducción de gastos de funcionamiento, amortización de obligaciones de deuda pública interna y para realizar inversiones.

El avalúo de los bienes objeto de la operación de que trata el presente artículo, se determinará, según el procedimiento que se defina conforme a lo previsto en el artículo 25 de la presente Ley.

Disposiciones generales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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