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Artículo 2.13.1.3

Propósitos Del Sistema Nacional De Formación Y Educación Artística Y Cultural Para La Convivencia Y La Paz (Sinefac)

Decreto 1080 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Cultura.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Propósitos del Sistema Nacional de Formación y Educación Artística y Cultural para la Convivencia y la Paz (Sinefac)

1.

El fomento y articulación de las diferentes instancias del Estado y la sociedad civil para el fortalecimiento y promoción de la educación y la formación artística y cultural para la convivencia y la paz, en el marco del diseño, desarrollo, implementación y actualización de políticas, planes, programas y proyectos, así como la información compartida y la proyección social conjunta, en el ámbito nacional y territorial.

2.

La promoción de la educación y la cultura, para que, desde las instituciones educativas, se desarrollen currículos y programas de educación y formación artística y cultural para la convivencia y la paz, en la educación inicial, preescolar, básica, media y superior, a partir de las características y necesidades de los contextos y las realidades de los territorios.

3.

El fomento y fortalecimiento de la educación para la paz, el desarrollo de competencias socioemocionales, ciudadanas e interculturales, así como, la construcción y afirmación de identidades, la participación y la responsabilidad democrática.

4.

El fomento de la construcción de lo público y el bien común, para la formación de sujetos activos de derechos, desde la educación y formación artística y cultural para la convivencia y la paz, que contribuyan a complementar la oferta educativa y cultural.

5.

El fomento y apoyo en el desarrollo de capacidades y fortalecimiento de la formación de docentes y artistas formadores para la gestión de cambios en los procesos de aprendizaje, que permitan la formación de ciudadanos críticos, creativos, éticos, participativos, innovadores y sensibles, mediante el desarrollo integral de competencias propias del saber artístico y cultural para la convivencia y la Paz, promoviendo, a su vez, la formación de públicos, con capacidades para acceder, valorar y disfrutar las artes, las culturas y los saberes.

6.

La formulación de los Catálogos Sectoriales de Cualificaciones de los agentes culturales como referente para movilizar las estrategias de los diferentes componentes del Sistema Nacional de Cualificaciones y sus vías de cualificación, para promover el cierre de brechas del talento humano, el reconocimiento de los aprendizajes a lo largo de la vida para la inserción e inclusión en el mercado laboral, y la dignificación y valoración de las ocupaciones artísticas y culturales para la convivencia y la paz.

7.

La promoción y reconocimiento pluralista de la dimensión multicultural y la diversidad étnica, con el fortalecimiento desde el enfoque diferencial de los procesos de formación artística y cultural para la convivencia y la paz, de los diferentes grupos poblacionales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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