Micelio

Artículo 2

Entre Los Libros Auxiliares Que Fueren Necesarios, Habrá Uno En Que Se Llevará Un Índice Cronológico De Las Obras Inscritas A Medida Que Se Vayan Inscribiendo; Y Al Fin De Cada Año Se Formará Un Índice Por Orden Alfabético De Los Autores Y A Falta De Estos, Los Dueños De Las Obras

Decreto 665 de 1886 · Reglamentario de la ley 32 de 1886, sobre propiedad literaria y artística

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Entre los libros auxiliares que fueren necesarios, habrá uno en que se llevará un índice cronológico de las obras inscritas a medida que se vayan inscribiendo; y al fin de cada año se formará un índice por orden alfabético de los autores y a falta de estos, los dueños de las obras.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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