Micelio

Artículo 2

Créanse En La Embajada De Colombia Ante El Gobierno Del Reino De Marruecos, Los Siguientes Cargos: Un (1) Embajador Extraordinario Y Plenipotenciario, Grado Ocupacional 7 Ex Con Una Asignación Básica Mensual De Tres Mil Ochocientos Nueve Dólares Con Cinco Centavos (Us$ 3

Decreto 2130 de 1989 · Por el cual se crea una embajada y se crean unos cargos en el Servicio Exterior de la República.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Articulo 2º Créanse en la Embajada de Colombia ante el Gobierno del Reino de Marruecos, los siguientes cargos: Un (1) Embajador Extraordinario y Plenipotenciario, Grado Ocupacional 7 EX con una asignación básica mensual de tres mil ochocientos nueve dólares con cinco centavos (US$ 3.809.05). Un (1) Segundo Secretario, Grado Ocupacional 2 EX, Encargado de las Funciones Consulares en Rabat, con una asignación básica mensual de un mil novecientos quince dólares con treinta y cuatro centavos (US$ 1.915.34). Un (1) Auxiliar Administrativo 7 PA (local), con una asignación básica mensual de ochocientos noventa y ocho dólares con catorce centavos (US$ 898.14).

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2130 de 1989