Micelio

Artículo 1

Decreto 1975 de 1957 · Por el cual se destinan los ingresos obtenidos por el Fondo Especial del Instituto Nacional de Higiene Samper Martínez , durante el mes de agosto del presente año

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo primero. Destínase la suma de treinta y cuatro mil novecientos sesenta y nueve pesos con veintiocho centavos ($ 34.969.28) moneda corriente, recaudados por el Instituto Nacional de Higiene "Samper Martínez" durante el mes de agosto de 1957, así: Para adquisición de equipos, elementos, materias primas, construcción y reparaciones locativas, gastos de sostenimiento, pago de jornales, y demás gastos similares inherentes al funcionamiento del Instituto Nacional de Higiene "Samper Martínez", en la presente vigencia y anteriores $ 34.969.28

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1975 de 1957