Micelio

Artículo 34

Decreto 219 de 2004 · por el cual se modifica la estructura de la Escuela Superior de Administración Pública, ESAP, y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Consejos Académicos Territoriales . La composición de los Consejos Académicos Territoriales será establecida por el Estatuto Académico de la Escuela de manera tal que se garantice la participación de la comunidad académica de la Escuela Superior de Administración Pública, ESAP, y ejercerán las siguientes funciones

1.

Velar por el cumplimiento de las políticas, lineamientos, reglamentos y demás normas que determine el Consejo Directivo Nacional, la Dirección Nacional, el Consejo Académico Nacional y el respectivo Consejo Directivo Territorial.

2.

Recomendar al Consejo Académico Nacional la apertura, fusión, supresión o modificación de los programas académicos.

3.

Evaluar el desarrollo de los programas académicos que se realicen en la Dirección Territorial y recomendar los ajustes necesarios.

4.

Las demás que en materia académica les asignen los estatutos y reglamentos de la Escuela Superior de Administración Pública, ESAP.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 219 de 2004