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Artículo 1

Modificación Del Numeral 3 Y Adición De Un Parágrafo Al Artículo 4° Del Decreto 642 De 2020

Decreto 960 de 2021 · Por el cual se modifica el numeral 3 del artículo 4°, el numeral 8 del artículo 5°, se adiciona un parágrafo al artículo 6° y se modifican los artículos 11 y 16 del Decreto 642 de 2020.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Modificación del numeral 3 y adición de un

Parágrafo

al artículo 4° del Decreto 642 de 2020. Modifíquese el numeral 3 y adiciónese un

Parágrafo

al artículo 4° del Decreto 642 de 2020, el cual quedará así: “3. Fecha máxima hasta la cual la Entidad Estatal podrá celebrar acuerdos de pago, la cual en ningún caso podrá ser posterior al treinta y uno (31) de octubre de 2021”. “

Parágrafo

En todo caso el pago de las sentencias o conciliaciones debidamente ejecutoriadas que se encontraban en mora a 25 de mayo de 2019, deberá realizarse a más tardar el 31 de julio de 2022”.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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