Micelio

Artículo 3972

, Ordinal 18)

Decreto 125 de 1960 · Por el cual se distribuyen las partidas globales votadas para alimentos del personal, jornales a obreros, alimentación de profesores y personal administrativo, alimentación de alumnas becadas y restaurante, de la Escuela Normal Superior de Señoritas, de Ocaña

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo primero. Las partidas globales apropiadas para sueldos del personal, jornales a obreros, alimentación de profesores y personal administrativo, alimentación de alumnas becadas y restaurante, de la Escuela Normal Superior de Señoritas de Ocaña, en el presente año, se distribuyen así: Capítulo 388, artículo 3972, ordinal 18). Mensual Total Para sueldos del personal durante el mes de enero, de conformidad con la nómina del mes de diciembre de 1959 $ 11.914.00 Sueldos en once meses: febrero a diciembre: Rectora 900.00 9.900.00 Pagadora III (Secretaria) 580.00 6.380.00 Una Profesora Interna, Directora de Grupo, de primera categoría 800.00 8.800.00 Tres Profesoras Internas, Directoras de Grupo, de segunda categoría, a $ 650.00 mensuales cada una 1.950.00 21.450.00 Una Profesora Interna, Directora de Grupo, de tercera categoría 550.00 6.050.00 Tres Profesoras Internas, Directoras de Grupo, de cuarta categoría, o sin escalafón, a $ 450.00 mensuales cada una 1.850.00 14.850.00 Para profesorado externo 673.00 7.403.00 Directora de la Escuela Anexa 650.00 7.150.00 Cinco Profesoras de la Escuela Anexa, a $ 450.00 mensuales cada una 2.250.00 24.750.00 Capellán - Profesor 250.00 2.750.00 Médico - Profesor 250.00 2.750.00 Odontólogo 200.00 2.200.00 Bibliotecaria I 300.00 3.300.00 Auxiliar de Enfermería I 210.00 2.310.00 Chofer II 240.00 2.640.00 Portera I 150.00 1.650.00 Ecónoma II 200.00 2.200.00 Para servicio doméstico 637.49 7.012.39 Suma $ 12.140.49 145.549.93 Capítulo 388, artículo 3973, ordinal 18). Enero a diciembre: Para pago de jornales a obreros por trabajos manuales que requiera el establecimiento en la presente vigencia y anteriores $ 83.33 999.96 Capítulo 388, artículo 3974, ordinal 18) Diez meses : febrero a noviembre : Para alimentación de 21 profesoras y personal administrativo, a $ 70.00 mensuales cada una 1.470.00 14.700.00 Para alimentación del servicio doméstico 470.00 4.700.00 Dos meses : enero y diciembre : Para alimentación del personal que debe permanecer en el establecimiento en época de vacaciones $ 250.00 500.00 Suma $ 12.800.00 Capítulo 388, artículo 3976, ordinal 18). Diez meses: febrero a noviembre: Para alimentación de 40 alumnas becadas, a $70.00 mensuales cada una 2.800.00 28.000.00 Para restaurante de la Escuela Anexa 500.00 5.000.00 Suma $ 3.800.00 33.000.00

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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