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Artículo 2.3.1.8.3.1.1

Afiliación Voluntaria A La Caja Promotora De Vivienda Militar Y De Policía

Decreto 1070 de 2015 · por el cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo de Defensa.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Afiliación voluntaria a la Caja Promotora de Vivienda Militar y de Policía. Conforme a lo señalado en el artículo 19 de la Ley 1979 de 2019, los Veteranos de la Fuerza Pública que cuenten con asignación de retiro o pensión de invalidez podrán solicitar su afiliación a la Caja Promotora de Vivienda Militar y de Policía, para acceder a los servicios financieros ofrecidos por la Entidad.

Parágrafo 1

La Caja Promotora de Vivienda Militar y de Policía ofrecerá como servicios financieros a los afiliados voluntarios, líneas de ahorro y crédito aprobados por la Junta Directiva, en concordancia con las disposiciones de la Superintendencia Financiera de Colombia. Para el caso del ahorro, el reconocimiento de intereses se sujetará a lo dispuesto en el artículo 22 del Decreto Ley 353 de 1994 modificado por el artículo 13 de la Ley 973 de 2005 y demás normas que la modifiquen, adicionen o sustituyan.

Parágrafo 2

Los servicios financieros que la Caja Promotora de Vivienda Militar y de Policía determine para los afiliados voluntarios señalados en el presente artículo, no se harán extensivos en caso del fallecimiento del Veterano. Lo anterior, sin perjuicio del derecho que les asiste a sus beneficiarios de reclamar los ahorros e intereses causados en el transcurso de la afiliación.

Parágrafo 3

Los afiliados voluntarios de que trata este artículo no podrán acceder en ninguna de sus modalidades al subsidio de vivienda que otorga el Estado a través de la Caja Promotora de Vivienda Militar y de Policía. La afiliación voluntaria que reglamenta el presente artículo se realiza exclusivamente para acceder a servicios de carácter financiero.

Parágrafo 4

La Caja Promotora de Vivienda Militar y de Policía establecerá las condiciones, requisitos y políticas financieras para acceder a los servicios que la Entidad disponga.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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