Articulo 31. Los mencionados laboratorios están sometidos a los siguientes requisitos
Habrá separación completa del personal ocupado en los trabajos de diagnóstico y el destinado a la elaboración de los productos;
Los preparados biológicos que están listos para envasar deben mantenerse en nevera, separados de las toxinas, antìgenos, cultivos, etc., que hubieren servido para su preparación;
Deben disponer de los elementos necesarios para preparar productos de suficiente actividad libres de toda contaminación o impureza, y,
Estar dotados de locales convenientes para mantener y vigilar los animales destinados a la experimentación.