Micelio

Artículo 102

Cuando El Agente Realiza Un Hecho Punible Por No Prever Los Efectos Nocivos De Su Acto, Habiendo Podido Preverlos, O Cuando, A Pesar De Haberlos Previsto, Confió Imprudentemente En Poder Evitarlos, Comete Culpa

Decreto 1125 de 1950 · por el cual se expide el nuevo Código de Justicia Penal Militar

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Cuando el agente realiza un hecho punible por no prever los efectos nocivos de su acto, habiendo podido preverlos, o cuando, a pesar de haberlos previsto, confió imprudentemente en poder evitarlos, comete culpa. La pena para la culpa es la misma fijada para el hecho, disminuida hasta en la mitad, salvo disposiciones expresas de este Código. CAPITULO SEGUNDO Circunstancias de menor y mayor peligrosidad

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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