Micelio

Artículo 23

Llevarán Estampillas Por Valor De Cincuenta Centavos, Los Siguientes Documentos: 1º Los Certificados De Estudios Que Expidan Los Establecimientos Profesionales, Públicos Y Privados

Decreto 894 de 1915 · Orgánico del impuesto de papel sellado y timbre nacional

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Llevarán estampillas por valor de cincuenta centavos, los siguientes documentos: 1º Los certificados de estudios que expidan los establecimientos profesionales, públicos y privados. 2º Los giros telegráficos de valor indeterminado. 3º Los poderes que se otorguen por memorial para asuntos administrativos y judiciales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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