Micelio

Artículo 25

Decreto 2663 de 1994 · por el cual se reglamentan los Capítulos X y IVX de la Ley 160 de 1994, en lo relativo a los procedimientos de clarificación de la situación de las tierras desde el punto de vista de la propiedad, de delimitación o deslinde de las tierras de dominio de la Nación y los relacionados con los resguardos indígenas y las tierras de comunidades negras

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Decreto de Pruebas. Vencido el término previsto en el artículo anterior, el Instituto decretará la práctica de las pruebas que, de acuerdo con la ley, sean conducentes y pertinentes y ordenará la realización de una diligencia de inspección ocular con intervención de peritos, a fin de establecer, entre otros, los siguientes aspectos en relación con las tierras materia de deslinde: Su ubicación, el área, linderos, topografía, suelos, aguas, situación de tenencia, indicando si hay ocupantes; la condición jurídica bajo la cual éstos adelantan la explotación; el tiempo de permanencia en el predio, la porción ocupada, la clase de aprovechamiento económico que desarrollan y los demás datos que interesen a la actuación. El auto que decrete las pruebas se notificará personalmente al Procurador Agrario y por estado a los interesados.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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