Visita mensual de funcionarios. Los establecimientos de detención preventiva serán visitados todos los sábados por juez o jueces en lo penal residentes en el lugar del establecimiento, acompañados de sus secretarios, de los respectivos agentes del Ministerio Público y de la primera autoridad política del lugar o su representante.
En las cabeceras de distrito judicial presidirán las visitas de cárceles, por turno, los magistrados de la sala penal del tribunal superior.
TEXTO CORRESPONDIENTE A