Artículo único. De la partida apropiada en el Capítulo 393, en su artículo 4476, del Presupuesto Nacional vigente, para el sostenimiento de becas concedidas en los establecimientos que determine el Gobierno, destínase la suma de doscientos mil setecientos cincuenta pesos ($200.750.00), distribuida así: Establecimientos dependientes de la División de Educación Campesina del Ministerio de Educación Nacional. Becas en 10 meses, febrero a noviembre: Total. Escuela Normal Rural para Señoritas, de Belalcázar (Cauca). 20 becas, a $70.00 mensuales cada una $ 14.000.00 Escuela Normal Rural para Señoritas, de Guapí (Cauca). 20 becas, a $70.00 mensuales cada una 14.000.00 Escuela de Visitadoras de Hogares Campesinos de Timbío (Cauca). 14 becas, a $70.00 mensuales cada una 10.500.00 Escuela Vocacional Agrícola de Tunja (Cauca). 15 becas, a $70.00 mensuales cada una 10.500.00 Escuela Normal Rural para Señoritas, de Gigante (Huila). 10 becas, a $70.00 mensuales cada una 7.000.00 Escuela Normal Agrícola de Buga (Valle). 15 becas, a $75.00 mensuales cada una 11.250.00 Escuela Vocacional Agrícola de Anolaima (Cundinamarca). 2 becas, a $70.00 mensuales cada una $ 1.400.00 Escuela Normal Rural para Señoritas, de Cáqueza (Cundinamarca). 5 becas, a $60.00 mensuales cada una 3.000.00 Escuela Normal Rural para Señoritas, de Fómeque (Cundinamarca). 5 becas, a $60.00 mensuales cada una 3.000.00 Escuela Normal Rural para Señoritas, de Guasca (Cundinamarca). 15 becas, a $70.00 mensuales cada una 10.500.00 Escuela Normal Rural para Señoritas, de Guachetá (Cundinamarca). 3 becas, a $60.00 mensuales cada una 1.800.00 Escuela Normal Rural para Señoritas, de Guaca (Santander). 5 becas, a $60.00 mensuales cada una 3.000.00 Escuela Normal Rural para Varones, el Guamo (Tolima). 3 becas, a $70.00 mensuales cada una 2.100.00 Escuela Normal Rural para Varones, de Junín (Cundinamarca). 5 becas, a $60.00 mensuales cada una 3.000.00 Escuela Normal Rural para Señoritas, de Junín (Cundinamarca). 5 becas, a $60.00 mensuales cada una 3.000.00 Escuela Normal Rural de Jericó (Antioquia). 5 becas, a $70.00 mensuales cada una 3.500.00 Escuela Normal Agrícola de Lorica (Córdoba). 5 becas, a $70.00 mensuales cada una 3.500.00 Escuela Normal Rural para Señoritas, de Málaga (Santander). 5 becas, a $70.00 mensuales cada una 3.500.00 Escuela Normal Rural para Señoritas, de Málaga (Santander). 5 becas, a $70.00 mensuales cada una 3.500.00 Escuela Normal Rural para Señoritas, de Río de Oro (Magdalena). 5 becas, a $60.00 mensuales cada una $ 3.000.00 Escuela Normal Rural para Señoritas, de La Palma (Cundinamarca). 5 becas, a $60.00 mensuales cada una 3.000.00 Escuela Normal Rural "Madre Laura", Medellín (Antioquia). 5 becas, a $60.00 mensuales cada una 3.000.00 Escuela Normal Rural para Señoritas, de San Bernardo (Cundinamarca). 3 becas, a $60.00 mensuales cada una 1.800.00 Escuela Agronómica de San Jorge, Ibagué (Tolima). 6 becas, a $80.00 mensuales cada una 4.800.00 Escuela Normal Rural para Varones, de Une (Cundinamarca). 2 becas, a $60.00 mensuales cada una 1.200.00 Escuela Normal Rural para Señoritas, de Villa de Leyva (Boyacá). 10 becas, a $70.00 mensuales cada una 7.000.00 Escuela Vocacional Agrícola de Zetaquirá (Boyacá). 4 becas, a $70.00 mensuales cada una 2.800.00 Escuela Vocacional Agrícola de Falan (Tolima). 3 becas, a $70.00 mensuales cada una 2.100.00 Escuela Normal Rural para Varones, de Fómeque (Cundinamarca). 5 becas, a $60.00 mensuales cada una 3.000.00 Becas en 10 meses, de enero a julio y de octubre a diciembre: Escuela Normal Rural para Señoritas, La Cruz (Nariño). 10 becas, a $70.00 mensuales cada una 7.000.00 Escuela Normal Rural para Señoritas, Roldanillo (Valle). 10 becas, a $70.00 mensuales cada una 10.500.00 Escuela Normal Rural para Varones, La Cruz (Nariño). 30 becas, a $60.00 mensuales cada una 18.000.00 Escuela Normal Rural para Señoritas, Barbacoas (Nariño). 30 becas, a $60.00 mensuales cada una 18.000.00 ___________ Total $ 200.750.00 ___________ Comuníquese y publíquese.
Decreto 978 de 1959 →Vigente
Artículo 4476
, Del Presupuesto Nacional Vigente, Para El Sostenimiento De Becas Concedidas En Los Establecimientos Que Determine El Gobierno, Destínase La Suma De Doscientos Mil Setecientos Cincuenta Pesos ($200
Decreto 978 de 1959 · Por el cual se hace una distribución parcial de la partida destinada para el sostenimiento de becas en el país
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.