Micelio

Artículo 5

De Los Lineamientos Para El Diagnóstico Y Pronóstico Epidemiológicos

Decreto 1562 de 1984 · Por el cual se reglamentan parcialmente los Títulos VII y XI de la Ley 09 de 1979, en cuanto a vigilancia y control epidemiológico y medidas de seguridad

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º De los lineamientos para el diagnóstico y pronóstico epidemiológicos . Para las acciones de diagnóstico y pronóstico epidemiológicos, el Ministerio de Salud, al señalar las regulaciones sobre la materia, deberá tener en cuenta los siguientes lineamientos básicos

1.

Actualización del conocimiento sobre

a)

El comportamiento de las enfermedades y otros eventos en salud;

b)

Su tendencia en los diferentes grupos poblacionales;

c)

La tecnología apropiada para enfrentarlos, y

d)

Las acciones necesarias y las utilizadas para su prevención y control

2.

Actualización periódica de la información epidemiológica y elaboración de proyecciones o probables comportamientos futuros de los eventos en salud.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1562 de 1984