Micelio

Artículo 2

Los Cuarteles Que Conforme Al Artículo 1° De La Ley 53 De 1935 Debían Construirse En Chinácota, Se Levantarán En Los Alrededores De La Ciudad De Cúcuta Con Destino Al Grupo De Caballería Número 5 "general Maza"

Decreto 1694 de 1950 · por el cual se dispone la venta de un bien raiz del Estado y la adquisición de otro para la construcción de los Cuarteles y demás servicios del Grupo de Caballería número 5 "General Maza".

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Articulo 2° Los cuarteles que conforme al artículo 1° de la Ley 53 de 1935 debían construirse en Chinácota, se levantarán en los alrededores de la ciudad de Cúcuta con destino al Grupo de Caballería número 5 "General Maza". Para este fin, así como para la adquisición de los terrenos que se requieren para la obra y sostenimiento de los ganados, traslados de las estructuras metálicas de los cuarteles que existen actualmente en el Zulia y demás gastos que demande el acondicionamiento adecuado de los nuevos cuarteles, destínase el producido de la venta de la hacienda de "El Triunfo" de que trata el artículo anterior.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1694 de 1950