Micelio

Artículo 1

Resolucion 100-001882 de 2022 · Por medio de la cual se modifica la Resolución 100-000041 del 8 de enero de 2021 en virtud de las modificaciones introducidas por el Decreto 1380 de 2021 EL SUPERINTENDENTE DE SOCIEDADES En ejercicio de sus facultades legales, en particular las conferidas en la Constitución Política en los artículos 209 y 211, la Ley 80 de 1993, la Ley 489 de 1998, la Ley 1150 de 2007 y el Decreto 1736 de 2020 en sus numerales 34, 3

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Modificar el artículo 1 de la Resolución 100-000041 del 8 de enero de 2021, el cual quedará así: “ARTÍCULO

1. Despacho del Superintendente de Sociedades. Es de competencia exclusiva del Superintendente de Sociedades, la facultad de suscribir los siguientes actos: 1.1 Actos relacionados con funciones misionales 1.1.1 Los pronunciamientos especiales y respuestas a consultas que impliquen cambio de doctrina de la Entidad, en materia jurídica y contable en asuntos de su competencia. 1.1.2 Los informes y diagnósticos sobre la situación económica, financiera o societaria de los sectores de interés para el Gobierno Nacional. 1.1.3 Los que atiendan los requerimientos de la Comisión Legal de Cuentas de la Cámara de Representantes. 1.1.4 Las circulares externas y resoluciones. 1.1.5 Los requerimientos generales de información financiera realizados a través de circulares externas y oficios de comunicación particular. 1.1.6 Los que expidan normas técnicas especiales, interpretaciones y guías en materia de contabilidad, información financiera y aseguramiento de la información conforme a la propuesta remitida por el Superintendente Delegado de Asuntos Económicos y Societarios. 1.1.7 Las resoluciones por medio de las cuales se resuelve el recurso de apelación y la solicitud de revocatoria directa contra los actos suscritos por el Superintendente Delegado de Supervisión Societaria, el Superintendente Delegado de Asuntos Económicos y Societarios y el Superintendente Delegado de Intervención y Asuntos Financieros Especiales. 1.1.8 Los relacionados con las observaciones y recomendaciones que haga la Superintendencia de Sociedades en relación con los principios y normas de contabilidad que rijan en el país, dirigidos al Ministerio de Comercio Industria y 3/16 RESOLUCION Turismo, Ministerio de Hacienda y Crédito Público y Consejo Técnico de la Contaduría Pública. 1.1.9 Los actos administrativos que tengan como finalidad efectuar reconocimiento a empresas o empresarios destacados. 1.1.10 Los actos de designación de funcionarios encargados del ejercicio de funciones de policía judicial, cuando exista un requerimiento para el efecto por parte de la Fiscalía General de la Nación. 1.1.11 Los actos mediante los cuales se den instrucciones sobre priorización de casos asuntos particulares adelantados por las Delegaturas. 1.1.12 Los actos mediante los cuales se establezcan los lineamientos para la aplicación de las sanciones alternativas o en general sobre el ejercicio de la facultad administrativa sancionatoria. 1.1.13 Los que designen a los miembros de junta directiva de las cámaras de comercio cuando prospere la revocatoria de su elección y se cumplan los supuestos establecidos en el artículo 10 de la Ley 1727 de 2014 o la norma que lo modifique o sustituya. 1.1.14 Los que conceptúen o verifiquen el cumplimiento de los requisitos para la creación de una nueva cámara de comercio. 1.2 Actos relacionados con funciones administrativas 1.2.1 Los relacionados con convenios interinstitucionales de intercambio de información. 1.2.2 El Plan Anual y Cuatrienal de Gestión de la Superintendencia de Sociedades. 1.2.3 Los informes de gestión de la entidad con destino al Presidente de la República y al Ministerio de Comercio, Industria y Turismo. 1.2.4 La distribución del presupuesto de gastos de funcionamiento y del PAC de la Entidad y sus modificaciones. 1.2.5 Los relacionados con la elaboración del anteproyecto de presupuesto de ingresos y de gastos y de inversión de la Entidad. 1.2.6 Los relacionados con la firma de convenios para investigación. 1.2.7 Los relacionados con las ubicaciones iniciales y reubicaciones de los servidores públicos de la Entidad.

PARÁGRAFO. En todo caso, las facultades otorgadas para la firma de los actos administrativos y jurídicos asignadas a las Delegaturas, Direcciones, Oficinas y cualquier otra dependencia, que no se encuentren expresamente asignadas, podrán ser ejercidas en cualquier tiempo por el Superintendente de Sociedades, de conformidad con el

parágrafo 2 del artículo 8 del Decreto 1736 de 2020 modificado por el artículo 5 del artículo 5 del Decreto 1380 de 2021”.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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