Créase para el servicio de la Comisión del Plan del Congreso, la siguiente planta de personal: Un Secretario, un Oficial Mayor, 8 Mecanotaquígrafas, dos Porteros-Carteros. Dicho personal será nombrado por la misma Comisión y tendrá las mismas asignaciones que corresponden a los funcionarios de las Comisiones Constitucionales Permanentes.
El Departamento Nacional de Planeación y los demás organismos gubernamentales, estarán obligados a suministrar al organismo asesor los informes y documentos que requiera para el normal desempeño de sus funciones.