Plazos para declarar y pagar el gravamen a los movimientos financieros (GMF). La presentación y pago de la declaración del gravamen a los movimientos financieros (GMF), por parte de los responsables de este impuesto, se hará de manera semanal y vencerá el segundo día hábil de la semana siguiente. Para lo anterior, se observarán las siguientes reglas
Para efectos de este artículo, la semana inicia el sábado y culmina el viernes.
La primera semana del año es aquella que inicia el primer sábado de enero y culmina el viernes siguiente.
La última semana del año es aquella que finaliza el viernes antes del primer sábado de enero del siguiente año.
Se entenderán como no presentadas las declaraciones, cuando no se realice el pago en forma simultánea a su presentación o cuando no se presente firmada por el revisor fiscal o contador público.