Destínase al fomento de la educación pública del Departamento del Magdalena, en sus diferentes ramas primaria, secundaria y profesional, quince mil hectáreas (15,000) de terrenos de los reservados por la Nación en Sierra Nevada de Santa Marta, en el sitio que designe la Junta Departamental de Educación Pública, asesorada de un ingeniero que para el efecto nombrara el Gobernador del Departamento.
De estas quince mil hectáreas (15,000) escogerán, de acuerdo con la Junta a que se refiere el artículo anterior, el Rector del Liceo Celedón y los Directores de las Escuelas Normales de ambos sexos, de Santa Marta, la cantidad de cien hectáreas cada uno, para construir en ellos edificios y granjas agrícolas escolares, con el fin de atender mejor al desarrollo físico e intelectual de los alumnos de dichos establecimientos, especialmente en lo relativo a la agricultura.