Micelio

Artículo 58

Ley 63 de 1936 · Por la cual se organizan los impuestos sobre la masa global hereditaria, asignaciones y donaciones, y se aclara el artículo 8° de la Ley 78 de 1935

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

En los casos en que con posterioridad al registro del decreto sobre posesión efectiva de la herencia o de la sentencia de partición, o en que después de la protocolización del expediente resulte que hay derechos qué liquidar en favor del Fisco, su tasación y recaudo se practica por la vía administrativa con anuencia de los respectivos interesados y sin perjuicio de que puedan practicarse inventarios y avalúos judiciales cuando hubiera lugar a ellos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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