Micelio

Artículo 7

Funciones

Decreto 2124 de 2017 · por el cual se reglamenta el sistema de prevención y alerta para la reacción rápida a la presencia, acciones y/o actividades de las organizaciones, hechos y conductas criminales que pongan en riesgo los derechos de la población y la implementación del Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto y la Construcción de una Paz Estable y Duradera.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. FUNCIONES . El componente de Alertas Tempranas cumplirá las siguientes funciones

1.

Priorizar las áreas a monitorear con fundamento en criterios, metodologías y pro­tocolos de análisis de riesgos, así como la sistematización de reportes, estadísticas, informaciones, quejas y denuncia pública recibida.

2.

Requerir a las instituciones públicas del orden nacional y territorial para que sumi­nistren en forma completa, detallada y oportuna, información que contribuya a la identificación de potenciales situaciones de riesgo de violaciones a los Derechos Humanos e infracciones al Derecho Internacional Humanitario.

3.

Recibir, analizar, verificar, procesar y sistematizar las informaciones suministradas por diversas fuentes que permitan la identificación y el análisis de escenarios de riesgo de violaciones de los Derechos Humanos e infracciones al Derecho Interna­cional Humanitario.

4.

Diseñar e implementar protocolos e instrumentos de monitoreo y georreferencia­ción, análisis de riesgo, verificación, advertencia y seguimiento.

5.

Fortalecer el Sistema de Información para monitorear y hacer seguimien­to a las dinámicas de riesgo relacionadas con el objeto del presente decreto.

6.

Emitir oportunamente las alertas tempranas y dirigirlas al Gobierno nacional, a través del Ministerio del Interior.

7.

Aplicar en el proceso de monitoreo, advertencia y seguimiento, el enfoque territo­rial, de género, diferencial y étnico.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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