Micelio

Artículo 17

Ley 915 de 2004 · por la cual se dicta el Estatuto Fronterizo para el Desarrollo Económico y Social del departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los productos alimenticios, bebidas alcohólicas, cosméticos, aseo, higiene y limpieza y medicamentos con condición de venta libre que se importen al departamento archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina para su venta en el mismo deberán acreditar ante la autoridad sanitaria departamental, el certificado de venta libre en el que conste que dichos productos son aptos para el consumo humano.

Si el producto es fabricado en el territorio del departamento archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, salvo cuando se trate de medicamentos, productos biológicos, productos farmacéuticos a base de recursos naturales, dispositivos médicos, el certificado en el que conste que el producto es apto para el consumo humano lo expedirá la Autoridad Sanitaria Departamental.

Cuando se trate de productos elaborados en el Departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, para su introducción al resto del territorio nacional deberán obtener el registro sanitario correspondiente ante el Invima. Para este efecto, quedarán exentos del pago de la tarifa por concepto de Registro Sanitario, aquellos titulares que según el artículo 2° de la Ley 590 de 2000 sean considerados micro y pequeños empresarios.

Los productos alimenticios, bebidas alcohólicas y productos de aseo, higiene y limpieza que se importen al departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, para su introducción al resto del territorio nacional deberán acreditar el Certificado de Venta Libre del país de procedencia, siempre y cuando sean expedidos por la Autoridad Sanitaria respectiva de Canadá, Estados Unidos y la Comunidad Europea. En el caso de cosméticos cuando se requiera efectuar la notificación sanitaria obligatoria, esta será gratuita.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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